Auto Supremo AS/0953/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0953/2019

Fecha: 24-Sep-2019

De la impugnación deducida por el recurrente se extrae lo siguiente

Contra dicha resolución el demandante Florencio Cossío Montaño, interpuso recurso de casación cursante de fs. 665 a 670, mismo que tiene el siguiente análisis:
CONSIDERANDO II:
DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la impugnación deducida por el recurrente se extrae lo siguiente:

1. Indicó que existe errónea interpretación del art. 176.I del Código de las Familias y del Proceso Familiar, toda vez que demostró haber contraído matrimonio civil el 22 de marzo de 1974, disuelto el 23 de diciembre de 2015 que todos los bienes adquiridos durante la vigencia matrimonial son considerados gananciales divididos en cincuenta por ciento para cada uno de los cónyuges, el inmueble objeto de litis fue adquirido con dinero cuya obtención se tuvo durante la vigencia de la unión conyugal con la demandada, señala que Lucia Sanches López no demostró documentalmente que el inmueble fue adquirido con dinero propio, no existe documento que demuestre la procedencia del dinero de la demandada