Auto Supremo AS/0953/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0953/2019

Fecha: 24-Sep-2019

En atención a todos los antecedentes expuestos se concluye, que Florencio Cossío Montaño mediante Escritura

En atención a todos los antecedentes expuestos se concluye, que Florencio Cossío Montaño mediante Escritura Pública No. 321/2011 de 31 de octubre de 2011 otorgado ante el Notario Jaime Loma Pardo reconoció expresa y voluntariamente, que el inmueble ubicado en el cantón Itocta, manzano 1009, lote No. 7, de superficie 453.25 m2. registrado bajo la matricula Nº 3.01.1.01.0019528 es un bien propio de Lucia Sanches López, configurándose lo dispuesto por el art. 190 par. II del Código de las Familias y del Proceso Familiar, por cuanto dicho bien no puede ser objeto de división y partición de bien ganancial, entendiéndose por ello, que el tribunal Ad quem al calificar como bien propio el inmueble objeto del proceso no transgredió lo dispuesto por los arts. 176 par I, 177 par. I y 182 par. I inc. a) concordante con el parágrafo III del mismo artículo, todos del Código de las Familias y del Proceso Familiar