Auto Supremo AS/0966/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0966/2019

Fecha: 24-Sep-2019

De acuerdo al informe pericial, una vez efectuada la comparación de las coordenadas de los

En este contexto, dicha conclusión respecto a la ubicación de los dos lotes describe que, la construcción de los muros efectuados por Juan Carlos Medrano que ocupan la extensión de 201,51 m2 dentro el área de 299,51 de terreno corresponde a María Victoria Macuri conforme a fs. 106. Sin embargo, de conformidad al estudio pericial efectuado tomando en cuenta las coordenadas UTM - WGS 84, se establece que ambos lotes de terreno están distantes, no existiendo sobreposición parcial ni total de acuerdo al plano de ubicación a fs. 107, donde se toma en cuenta el plano del demandado y la ubicación del lote ocupado por el mismo. De los cuales se llega a inferir que no existe identidad en la ubicación de la superficie de terreno disputada entre ambos contendientes en la presente causa.
De acuerdo al informe pericial, una vez efectuada la comparación de las coordenadas de los dos planos presentados por las partes y del trabajo en el terreno de los peritos, se llega a la certeza de que tratan de dos lotes que carecen de identidad en cuanto a la superficie y ubicación, por lo que no se cumple el segundo requisito para determinar el mejor derecho propietario, por lo que tan solo corresponde definir la acción reivindicatoria planteada por la actora