Auto Supremo AS/0973/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0973/2019

Fecha: 24-Sep-2019

De todo lo expuesto, se concluye entonces que

Consecuentemente, en la venta realizada por el demandado de una porción de terreno de 126 m2, de superficie del inmueble objeto de la Litis, no concurren los vicios de nulidad invocados por la demandante, no siendo aplicable al acto jurídico en cuestión la previsión contenida en el art. 549 del Código Civil.
De todo lo expuesto, se concluye entonces que:
PRIMERO.- La demandante no ignoraba el trámite de declaratoria de herederos realizado por el demandado como tampoco desconocía la existencia del bien inmueble cuya disposición parcial pretende sea declarada nula