Auto Supremo AS/1011/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1011/2019

Fecha: 30-Sep-2019

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DE LA RESPUESTA A LOS RECURSOS DE CASACIÓN
1.Es falso que se haya violentado el art. 1289.I del CC, pues las autoridades de instancia realizaron una relación pormenorizada de los títulos presentados, donde se demostró que registró primeramente su derecho propietario en DDRR, como lo dispone el art. 1538 del CC, y lo que busca el recurrente es sorprender a las autoridades municipales y judiciales haciendo un trámite de adjudicación municipal a dos cuadras de su municipio de la localidad de Puerto Quijarro.
2.El recurrente no indica cual es la violación, la interpretación errónea o la aplicación indebida de la ley, sea en la forma o en el fondo como determina el art. 271 del CPC, como tampoco se ciñe a lo establecido en el art. 274.I num. 3) del CPC