Auto Supremo AS/0062/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0062/2020

Fecha: 21-Ene-2020

En cuanto al informe de DDRR y la interrupción de la prescripción

Al respecto, los recurrentes no identifican cual sería la vulneración a la valoración otorgada a la prueba pericial, en todo caso, el Ad quem concluyó que en esta prueba, no se especificó en base a que elemento científico las construcciones tienen una data de 25 a 30 años, prueba que no amerita y no demuestra el tiempo de posesión; cabe agregar, por el Informe – Técnico de la Dirección de Catastro y Desarrollo Urbano del Gobierno Municipal (fs. 188), evidentemente el bien es usucapible, sin embargo, para adquirir la propiedad por usucapión, es necesaria la cabal demostración de los actos posesorios efectuados por quien pretende usucapir y que estos sean lo suficientemente idóneos, lo que en el caso de autos no sucedió.
En cuanto al informe de DDRR y la interrupción de la prescripción