Auto Supremo AS/0062/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0062/2020

Fecha: 21-Ene-2020

Refieren, que los testigos Héctor Jesús Yucra Choque, Javier Herrero (Rivera) y Carlos Antonio Doria

2.En cuanto al error in iudicando – Errónea interpretación de los elementos constitutivos de la usucapión (Art. 138 del C.C.) al análisis de la prueba aportada en primera instancia.
Señalan, que el Ad quem, a fuerza de abstracción estableció que no se demostró la posesión por más de diez años, cuando por la prueba aportada, seria evidente la posesión pacífica, pública y continua por el plazo señalado.
En cuanto a la prueba testifical.
Refieren, que los testigos Héctor Jesús Yucra Choque, Javier Herrero (Rivera) y Carlos Antonio Doria Medina Gonzales, habrían referido, el primero, que el actor vive más de 12 años en el bien, el segundo, que conoce el inmueble más de 60 años y que el actor siempre ocupo el inmueble, y el tercero, que posee el bien desde hace muchos años y que en vida le entregó varios trabajos artesanales; con todo, se probaría que el actor vivió más de 30 años en el inmueble, por lo que se cumplió con el plazo para la usucapión conforme exige el art. 138 del Código Civil