Auto Supremo AS/0100/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0100/2020-RRC

Fecha: 29-Ene-2020

Conforme se analizó en el apartado III


Conforme se analizó en el apartado III.2.3 de la presente resolución, el Tribunal de Sentencia consideró en base al principio de verdad material los acontecimientos emergentes de la propia prueba de cargo ofrecida y producida en el juicio oral, que de acuerdo a esa valoración probatoria, se consideró respaldar la tesis acusatoria con los elementos emergentes de la prueba generada en el contradictorio, lo que significa que los hechos acusados consistentes en: “….que los dos acusados cometieron el delito de estelionato, ya que se demostrará la venta que hicieron los acusados a Jesús Daniel Conde a través de la transferencia de fecha 14 de marzo de 2014 (…) que los acusados Neller Viscarra Cabello y Estela Maldonado Rivero cometieron el delito de estelionato, toda vez que los acusados han vendido sin ningún título, bienes de sus clientes, y que los acusados han hecho creer al comprador que son los dueños con documentos ilegales (…) También agregar que los acusados han cometido estelionato con otras personas (..)” (sic. Apartados IV y V de la Sentencia); no se refirieron solamente a la transferencia del 14 de marzo de 2014, sino también respecto a otras acciones que a su vez fueron constituyentes de Estelionato, siendo que la base fáctica del juicio oral consistió en la transferencia realizada por parte de los acusados sobre el inmueble de propiedad de la parte querellante; hecho que no sufrió ninguna modificación, porque si se toma en cuenta lo desarrollado durante el juicio oral, no se sustituyeron los hechos acusados por otros hechos, sino que el hecho acusado fue respaldado por la identificada y valorada probatoriamente segunda transferencia a Celia Villavicencio como apoderada de Silvia Villavicencio, que más de ser un hecho nuevo, no modificó la base fáctica con relación al tipo penal, porque la condena se sostuvo sobre la venta de bien inmueble ajeno como uno de los presupuestos de subsunción típica