Auto Supremo AS/0100/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0100/2020-RRC

Fecha: 29-Ene-2020

Del contraste del precedente y del Auto de Vista impugnado, conforme a lo compulsado en


Del contraste del precedente y del Auto de Vista impugnado, conforme a lo compulsado en la presente resolución, para que sea viable poder fundar la contradicción, el Tribunal de alzada tendría que haberse apartado del control de logicidad y legalidad, omitiendo ejercer en dicha labor el análisis de los apelado con lo resuelto en Sentencia, pero en el caso de autos, durante el desarrollo y análisis de todos los puntos de apelación circunscritos en el TERCER CONSIDERANDO, el Tribunal de apelación ha realizado un control suficiente sobre la lógica establecida en Sentencia referente al agravio fundado en apelación relativo a que la Sentencia se hubiere basado en hechos no acreditados y datos falsos del proceso; y, a pesar de haberse resuelto los agravios de manera escueta, empero, claramente, de la lectura del fallo de alzada, se puede deducir que en todo momento el ad quem realizó el control extrañado por los ahora recurrentes, en particular de los cuestionado, estableciéndose en los razonamientos plasmados en el Auto de Vista impugnado los criterios por los cuáles es evidente la concurrencia de la responsabilidad penal por el tipo penal del art. 337 del CP deducido en Sentencia, para cuyo efecto, la resolución de apelación expuso los entendimientos de la lógica aplicada por el Tribunal de Sentencia, determinando el de alzada que los hechos fueron suficientemente acreditados y que la Sentencia respondió a una decisión firma para emitir condena, por lo que en consecuencia, el Auto de Vista ratificó los criterios analizados y concluidos en la Sentencia respectivamente