Auto Supremo AS/0100/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0100/2020-RRC

Fecha: 29-Ene-2020

Deduciéndose en tal sentido que la base fáctica como tal no sufrió modificaciones, al guardar


Deduciéndose en tal sentido que la base fáctica como tal no sufrió modificaciones, al guardar cierta coherencia con la acusación particular y Fiscal y habiéndose denotado la impericia de la defensa de los acusados, quiénes –inclusive-, sostuvieron el hecho de la segunda transferencia como parte de su actividad procesal en juicio oral al no objetar dicha circunstancia en ningún momento, lo afirmado por el Tribunal de alzada al manifestar que todos los hechos fueron probados en juicio oral y coinciden en tiempo, lugar, hecho y personas, fue correcto, razonamiento también expresado a momento de resolver el defecto del art. 370 inc. 6) del CPP, donde claramente se dejó establecido que la prueba valorada fue legalmente introducida, lo que incluye a la segunda transferencia que ahora pretende ser cuestionada