Auto Supremo AS/0110/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0110/2020-RRC

Fecha: 29-Ene-2020

Tomando en cuenta las delimitaciones del Auto Supremo 683/2019-RA de 27 de agosto de 2019;


Tomando en cuenta las delimitaciones del Auto Supremo 683/2019-RA de 27 de agosto de 2019; y, a fines de ingresar a resolver la problemática planteada corresponde que se desarrollen los siguientes aspectos:

En cuanto a la inobservancia o errónea aplicación de la ley, en alzada expresó que de la revisión de la Sentencia el Juez inferior señala en el párrafo II.1.3., que en la fase de producción de prueba testifical el imputado hizo presente a ningún testigo de cargo, sin embargo en el párrafo III.3 tomó en cuenta las pruebas literales consignadas de fs. 297 vta., a 298. Que el Tribunal de alzada no debe revalorizar la prueba, estando obligado a ajustar su actividad jurisdiccional a las normas contenidas en el art. 413 del CPP, no estando facultado para verificar la base fáctica de la Sentencia, debiendo abocarse a controlar que el fundamento sobre la valoración de la prueba y de los hechos tenga coherencia, orden y razonamientos lógicos que manifiesten certidumbre, quedando facultado para verificar si guardan relación con la logicidad y la debida motivación, aspecto que este Tribunal realizó en el presente Auto de Vista y en concreto en el presente considerando, concluyendo que no existe inobservancia o errónea aplicación de la ley