Auto Supremo AS/0118/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0118/2020-RRC

Fecha: 29-Ene-2020

Con relación a la falta de acreditación de la edad de la víctima, el Tribunal


Con relación a la falta de acreditación de la edad de la víctima, el Tribunal de alzada verificó en el punto tercero de la Sentencia, diferentes elementos probatorios como MPD-3 (declaración informativa), MPD-13 (dictamen pericial), ponderando lo señalado en el art. 7 del Código del Niño. Niña o Adolescente (presunción de minoridad) y los arts. 60 y 410 de la Constitución (Interés superior de la niña, niño y adolescente, y supremacía de la Constitución Política del Estado respectivamente), además correspondía al imputado probar que la víctima era mayor de 18 años, es decir, efectivamente, en el presente caso se trasladó la carga de la prueba al imputado, por lo que denegó el agravio incoado. Finalmente, respecto al quebrantamiento del principio de continuidad, efectivamente se produjo la suspensión del juicio; sin embargo, esta suspensión se la realizo bajo la permisibilidad de lo que dispone el art. 335 inc. 1) del CPP, por lo que denegó el agravio incoado