Auto Supremo AS/0417/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0417/2020

Fecha: 06-Oct-2020

Ahora bien, la Resolución Ministerial argumenta a fs

Ahora bien, la Resolución Ministerial argumenta a fs. 222 de obrados que “Por todo lo expuesto, en relación a la solicitud de daños y perjuicios correspondiente a diez y siete (17) años, corresponde aclarar que, tanto el Ente Regulador como esta instancia de revisión, no poseen atribuciones que les permitan pronunciarse sobre este aspecto, ya que ambas entidades no cuentan con la competencia para resolver requerimientos relacionados a daños y perjuicios, por lo que el Hotel Latino podrá solicitar esta reparación por la vía correspondiente…”, este aspecto solo refiere que se acuda a la vía llamada por ley para exigir la reparación argüida