Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0513/2020
Fecha: 05-Nov-2020
Distrito: Santa Cruz
Distrito: Santa Cruz
-
Expediente: SC-76-17-S
-
Partes: Franz Grover Valverde Padilla c/ Juan Carlos Quiroga Saavedra
-
-
Distrito: Santa Cruz
-
1
-
Tramitado de esa manera el proceso, el Juez Público en lo Civil y Comercial N°
-
2
-
3
-
CONSIDERANDO II
-
4
-
Por lo que solicitó la nulidad del Auto de Vista
-
Respuesta al recurso
-
Señaló que el recurrente se limita a manifestar que el Ad quem no hizo una
-
Concluyó pidiendo que este Tribunal declare la improcedencia del recurso de casación planteado, con costas
-
CONSIDERANDO III
-
Al efecto el Auto Supremo Nº 585/2018 de 28 de junio reiteró: “José Decker Morales
-
Así también, Víctor De Santo, en su obra “La Prueba Judicial” (Teoría y Práctica), indica:
-
El principio de comunidad de la prueba es: “La prueba no pertenece a quien la
-
III.2. De la verdad material
-
El Auto Supremo Nº 156/2017 de 20 de febrero reiteró que: “…la constitución de 2009,
-
En esta misma lógica la SCP 0140/2012 de 9 de mayo, razonó lo siguiente: “Desde la
-
… Ahora bien, en este Estado Social, Constitucional de Derecho el rol que antes se
-
CONSIDERANDO IV
-
En consecuencia, tomando en cuenta el recurso de casación interpuesto por Juan Carlos Quiroga Saavedra
-
En la forma
-
Antes de considerar los reclamos de forma, se debe tener presente que la finalidad de
-
a) Respecto al cuarto punto acusado en casación, el recurrente reclama que el Auto de
-
Es menester referir que la omisión advertida por el Auto de Vista impugnado no deriva
-
Asimismo, considerando que el art
-
Por lo expuesto, el fallo de segunda instancia conforme a los agravios planteados por el
-
b) En cuanto al tercer punto reclamado en el recurso de casación y lo dispuesto
-
Al respecto, es oportuno precisar lo referente a los requisitos del fallo en segunda instancia,
-
En este sentido, del entendimiento integral del Auto de Vista, se reflejan la congruencia y
-
En el fondo
-
a) Referente a lo pugnado en el punto 2 del recurso de casación, el recurrente
-
Lo acusado por el recurrente tiene que ver con la fuerza probatoria otorgada por el
-
Por lo matizado, por una parte, se advierte que en el ejercicio de contradicción a
-
Es esa circunstancia, dado que no se rebatió la competencia del perito ni se objetaron
-
En un párrafo anterior se hizo referencia a la pertinencia que debe tener el Auto
-
Con relación a la sana crítica cabe abordar que la misma es una extensión del
-
En ese escenario, la valoración otorgada a la prueba pericial de fs
-
En consecuencia, el reclamo formulado en casación sobre la competencia del perito, los principios científicos
-
b) Ahora bien en el primer punto reclamado en casación el recurrente alude la vulneración
-
Respecto a Juan Carlos Quiroga Saavedra, quien a fin de oponerse a la reivindicación y
-
En la misma medida el reconviniente presentó pruebas respecto a la superficie de 9
-
Por las pruebas arrimadas al proceso se tiene que el actor es propietario de una
-
En ese contexto, no existen motivos para apartarse del dictamen pericial de fs
-
Por consiguiente, tanto las conclusiones del dictamen pericial como la Resolución Administrativa de Recurso Jerárquico
-
En este asunto debemos observar lo normado en el art
-
Por todas esas consideraciones, al no encontrar fundamento en lo expuesto como argumentos del recurso
-
Por lo que corresponde resolver el recurso de casación en la forma prevista por el
-
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con
-
Se regula honorarios profesionales del abogado que contestó el recurso en la suma de Bs
-
Regístrese, comuníquese y devuélvase
-
Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.
Otros enlaces de interés: