Auto Supremo AS/0513/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0513/2020

Fecha: 05-Nov-2020

En la misma medida el reconviniente presentó pruebas respecto a la superficie de 9

Con relación a la primera superficie, adjuntó: a) Testimonio N° 10841137 de 243 a 244, el cual señala que adquirió el bien de María Eugenia Landívar Aguilera; b) Matrícula Computarizada N° 1.01.1.02.0000329 a fs. 245 y vta., y 561 y vta., por la que se acredita la inscripción en Derechos Reales por el demandado el 13 de febrero de 2008; c) Croquis de ubicación a fs. 246 y 562 que acredita el registro catastral sobre la superficie de 8.090.66 m2; d) certificado catastral de fs. 247 y de fs. 563 a 564, cuyo Código Catastral es el N° 72500599990102; y e) pago de impuestos anuales de fs. 248 a 251 y 565 a 571, por los que se evidencia el cumplimiento de las obligaciones impositivas.
En la misma medida el reconviniente presentó pruebas respecto a la superficie de 9.997.70 m2, acompañando: a) Testimonio N° 10841135 de 252 a 253, el cual señala que adquirió el bien de María Eugenia Landívar Aguilera; b) Matrícula Computarizada N° 1.01.1.02.0000328 a fs. 254 y vta., 572 y vta., por la que se acredita la inscripción en Derechos Reales por el demandado el 13 de febrero de 2008; c) Croquis de ubicación a fs. 255 que acredita el registro catastral sobre la superficie de 9.997.70 m2; d) certificado catastral a fs. 256 y 573, cuyo Código Catastral es el N° 72500599990100; y e) pago de impuestos anuales de fs. 574 a 579, por los que se evidencia el cumplimiento de las obligaciones impositivas. Asimismo, para acreditar su posesión continuada de los inmuebles referidos adjuntó la certificación de la Cooperativa Rural de Electrificación Ltda. a fs. 580, la cual informa que la conexión de energía eléctrica tiene el Código N° 575158, cuya instalación fue el 11 de abril de 2011; los avisos de cobranza de mayo a abril de 2015 a fs. 581, respeto al Código N° 575158; y las respectivas facturas de pago de mismo número de cuenta N° 575158 de fs. 582 a 584