Auto Supremo AS/0513/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0513/2020

Fecha: 05-Nov-2020

Respecto a Juan Carlos Quiroga Saavedra, quien a fin de oponerse a la reivindicación y

A fin de enfocar este agravio, es preciso aludir que ambas partes presentaron documentación por la que alegan ser propietarios del bien inmueble en litigio.
Con relación al actor, presentó: a) La Matrícula Computarizada Nº 7.01.3.02.0002407, superficie 16.257,00 m2, con sus respetivos límites en el lugar denominado “Los Batos”, cuyo propietario es Franz Grover Valverde Padilla (fs. 1), b) Testimonio de Escritura Pública Nº 216/2009 de 15 de diciembre (fs. 2 a 7 vta.), c) Testimonio de Escritura Pública Nº 485/2010 de 9 de diciembre, aclarativa de ubicación de lote de terreno que se encuentra: “…dentro de la jurisdicción del Cantón “Ayacucho – Porongo”, Segunda Sección de la Provincia Andrés Ibáñez…” (sic) (fs. 8 y vta.), d) Plano de ubicación geográfica efectuada por el Instituto Geográfico Militar (fs. 11), e) Certificación del Jefe del Instituto Geográfico Militar y de Catastro Nacional, Distrito Santa Cruz (fs. 10), y f) Certificado Catastral Nº 72500477770065 del Municipio de Porongo (fs. 15).
Respecto a Juan Carlos Quiroga Saavedra, quien a fin de oponerse a la reivindicación y fundar su pretensión reconvencional de usucapión quinquenal de fs. 379 a 383 vta., señaló que es propietario de las superficies que posee, la primera con una extensión de 8.090.66 m2 y la segunda con 9.997.70 m2