Auto Supremo AS/0513/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0513/2020

Fecha: 05-Nov-2020

Es esa circunstancia, dado que no se rebatió la competencia del perito ni se objetaron

Es esa circunstancia, dado que no se rebatió la competencia del perito ni se objetaron los principios científicos o técnicos utilizados en el dictamen pericial de fs. 620 a 639, esta prueba mereció la valoración por el Tribunal de segunda instancia de acuerdo lo determinado en sentencia, lo impugnado y contradicho en apelación, de manera que el Tribunal Ad quem apreció esta prueba conforme al entendimiento establecido en el art. 202 del Código Procesal Civil; es decir, acorde a las reglas de sana crítica