Auto Supremo AS/0513/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0513/2020

Fecha: 05-Nov-2020

En un párrafo anterior se hizo referencia a la pertinencia que debe tener el Auto

En un párrafo anterior se hizo referencia a la pertinencia que debe tener el Auto de Vista y las reglas de la sana crítica en la valoración del dictamen pericial, aspectos que son contemplados en los arts. 265.I y 202 del CPC, en ese marco es menester citar al jurista Leonardo Prieto-Castro, quien al referir sobre las facultades del órgano “Ad quem” señala: “a) Sólo cuando el Juez A quo ha omitido resolver sobre extremos en el que debía haberlo hecho. Puede por sí el Tribunal superior decidir sobre ellos. b) El Tribunal ad quem, dentro de un sistema donde rige el principio de justicia rogada o dispositivo, sólo puede conocer de los puntos a que se contraiga el recurso, quedando firmes los restantes por la voluntad presunta de las partes.”, a ello debemos acotar que la pertinencia en el Auto de Vista obedece al principio de congruencia, por el que se delimitan las facultades en alzada