Auto Supremo AS/0545/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0545/2020

Fecha: 11-Nov-2020

Que el incumplimiento de las prestaciones no se suspende por cartas notariadas, máxime si la

Que el incumplimiento de las prestaciones no se suspende por cartas notariadas, máxime si la responsabilidad del cumplimiento es solo del deudor por lo que el es quien debe efectuar el cumplimiento de la suficiente diligencia de un buen padre de familia, esto supone no solo realizar actos de cumplimiento sino tener cuidado que la prestación se cumpla como esta contractuada a plena satisfacción del acreedor. Fundamentos por los cuales el Tribunal de alzada de conformidad a lo previsto en el art. 218.II num. 2) del Código Procesal Civil CONFIRMÓ totalmente la sentencia