Auto Supremo AS/0627/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0627/2020

Fecha: 02-Dic-2020

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1. En lo que respecta al supuesto reclamo de errónea la aplicación del derecho relativo a la prescripción del documento de 4 de mayo de 2005, contenido en el Auto de Vista de 20 de julio de 2020, ya que según los recurrentes la nulidad de obrados determinada por el Auto de Vista de 28 de marzo de 2013 de todo lo actuado en el proceso ejecutivo sería inexistente, lo nulo no produce ningún efecto, por consiguiente la prescripción no se ha interrumpido, siendo aplicable la disposición general contenida en el art. 1507 del Código Civil