Argumentos del recurso de casación de fs
Petitorio:
Solicitó al Tribunal Supremo de Justicia case el Auto de Vista y “revoque” la Sentencia de fs. 289 a 295, en todo su contenido, con costas y condenaciones de Ley.
Argumentos del recurso de casación de fs. 349 a 352, interpuesto por el demandante Germán Sejas Ramos:
Señaló que el Auto de Vista infringió el art. 115 de la CPE, al existir vulneración al debido proceso por una interpretación errónea de los arts. 46 de la Ley General del Trabajo (LGT) y 167 del CPT, así también al haber incurrido en error de derecho y de hecho en la apreciación de la prueba producida. Reclamó que en el Auto de Vista, punto 4 del Considerando II (sobre las horas extras), hizo una errada apreciación de la prueba de cargo, cuando nuevamente se dejó sin valorar la confesión del demandado sobre las horas de entrada y salida, acreditada en el acta de confesión provocada a José Antonio Bustos Terrazas, fs. 124 y 125 del expediente, preguntas 9 y 13 del interrogatorio. Confesión que demostró el ingreso y los horarios de salida del trabajo y de atención, que oscilaba desde el mediodía hasta las 2 a 3 de la mañana; demuestran las jornadas laborales de 18 horas (6 horas más de las impuestas en el art. 46 de la LGT); sin contar las 3 horas obligadas a ayudar gratuitamente en día de descanso. Confesión provocada que nunca fue considerada y menos valorada por el Juez de instancia ni por el Tribunal de apelación, así como el art. 167 del CPT; siendo dicho agravio alegado en dos oportunidades; empero, no fue considerado y por ende no valoradas las pruebas de cargo respecto a las horas extraordinarias
Solicitó al Tribunal Supremo de Justicia case el Auto de Vista y “revoque” la Sentencia de fs. 289 a 295, en todo su contenido, con costas y condenaciones de Ley.
Argumentos del recurso de casación de fs. 349 a 352, interpuesto por el demandante Germán Sejas Ramos:
Señaló que el Auto de Vista infringió el art. 115 de la CPE, al existir vulneración al debido proceso por una interpretación errónea de los arts. 46 de la Ley General del Trabajo (LGT) y 167 del CPT, así también al haber incurrido en error de derecho y de hecho en la apreciación de la prueba producida. Reclamó que en el Auto de Vista, punto 4 del Considerando II (sobre las horas extras), hizo una errada apreciación de la prueba de cargo, cuando nuevamente se dejó sin valorar la confesión del demandado sobre las horas de entrada y salida, acreditada en el acta de confesión provocada a José Antonio Bustos Terrazas, fs. 124 y 125 del expediente, preguntas 9 y 13 del interrogatorio. Confesión que demostró el ingreso y los horarios de salida del trabajo y de atención, que oscilaba desde el mediodía hasta las 2 a 3 de la mañana; demuestran las jornadas laborales de 18 horas (6 horas más de las impuestas en el art. 46 de la LGT); sin contar las 3 horas obligadas a ayudar gratuitamente en día de descanso. Confesión provocada que nunca fue considerada y menos valorada por el Juez de instancia ni por el Tribunal de apelación, así como el art. 167 del CPT; siendo dicho agravio alegado en dos oportunidades; empero, no fue considerado y por ende no valoradas las pruebas de cargo respecto a las horas extraordinarias
- I. ANTECEDENTES PROCESALES
- Argumentos del recurso de casación en el fondo de fs
- Reclamó, que el Tribunal de alzada sin una valoración real confirmó la Sentencia; no obstante
- Finalizó, argumentando que el Auto de Vista no está debidamente fundamentado, vulnerando el debido proceso,
- Argumentos del recurso de casación de fs
- Petitorio
- El demandante contestó al recurso interpuesto por el demandado, conforme al escrito de fs
- Resolviendo el recurso de casación en el fondo, se tiene
- De lo manifestado precedentemente, se advierte que la parte recurrente, pretende se efectué una nueva
- Si bien se denuncia la vulneración del art
- Respecto a la supuesta vulneración del debido proceso garantizado por el art
- Ahora bien, con relación a que tanto la Sentencia como el Auto de Vista no
- Al respecto, el Auto de Vista recurrido realizó la valoración, en el punto 3 del
- En este contexto, analizando las condiciones y características del trabajo realizado por el actor, se
- De la misma manera, respecto a la vulneración de los arts
- Con relación a que el Tribunal de alzada, sin una valoración real, confirmara la Sentencia;
- En consecuencia, en razón a los motivos expuestos, el recurso deviene en infundado
- Recurso de casación en el fondo interpuesto por el actor Germán Sejas Ramos
- En principio, el recurrente alega inobservancia del debido proceso, sobre el tema, que se encuentra
- Se exceptúan a los empleados u obreros que ocupen puestos de dirección, vigilancia o confianza,
- Del análisis de esta norma, se establece una diferenciación en relación a los trabajadores, existiendo
- En el caso de autos, se evidencia que existe la concurrencia de características propias que
- Además, la acusación del error de hecho en que supuestamente habría incurrido el Tribunal de
- Corresponde reiterar, que la valoración y compulsa de las pruebas, es una atribución privativa de
- Consiguientemente, no corresponde el pago de horas extras, como acertadamente el Juez determinó y ratificó
- En mérito a los argumentos señalados, corresponde a este Tribunal Supremo dar cumplimiento a lo
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
