Auto Supremo AS/0205/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0205/2020

Fecha: 20-Mar-2020

Respecto a la supuesta vulneración del debido proceso garantizado por el art

Respecto a la supuesta vulneración del debido proceso garantizado por el art. 115-II de la CPE, se evidencia que tanto el Juez como el Tribunal de alzada han velado porque los sujetos procesales intervengan en el mismo en defensa de sus intereses legítimos, el Juez declaró probada en parte la demanda de pago de beneficios sociales, que fue confirmada en apelación; aspecto que denota que durante el proceso se controló la garantía del debido proceso, en cuanto al derecho de las partes, exponiendo los motivos que sustentan la decisión de los Jueces de instancia, conforme a las normas sustantivas y procesales aplicables al caso; así como por los principios y valores supremos rectores que rigen para el juzgador; y con relación a la SCP 600/2015-S3 de 17 de junio, mencionada por el recurrente, no corresponde al caso, porque refiere a la valoración de la prueba no pedida en el recurso de casación; en tal sentido, el Auto de Vista recurrido resolvió los agravios alegados en el recurso de apelación del recurrente, desmintiéndose cualquier interés o parcialidad