Auto Supremo AS/0225/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0225/2020

Fecha: 20-Mar-2020

Fuera de ello y más importante, es la observación a la errónea apreciación de la

Fuera de ello y más importante, es la observación a la errónea apreciación de la prueba cursante en fs. 521 a 552: conciliación de saldos; puesto que, si bien se asigna de forma discrecional por el Juez un valor al informe según el art. 1296 del Código Civil (CC), el mismo no significa que la prueba sea fundamental, ya que se trata de un informe unilateral y carente de legalidad al no ser reconocido administrativamente. Siendo que se pretende tomar como objeto principal para desestimar la demanda la existencia de una conciliación unilateral de saldos, carente de legalidad contractual, administrativa, legal y procesal, tampoco aprobada por el Ejecutivo Máximo o el Máximo Administrativo (Secretaría u Oficialía Mayor de Infraestructura), siendo solo un informe sin aprobación, además de no ser parte del objeto del proceso ni identificado como prueba plena