Auto Supremo AS/0225/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0225/2020

Fecha: 20-Mar-2020

Sobre la Planilla 22, que supuestamente no correspondía ser pagada en razón de que la

Sobre la Planilla 22, que supuestamente no correspondía ser pagada en razón de que la misma se habría entregado con fecha posterior a la resolución de contrato, ello resulta completamente vulnerativo a la naturaleza jurídico administrativo de la conciliación de saldos, toda vez que esta no comprende una revisión retroactiva del proyecto, sino que se realiza sobre saldos pendientes de montos reembolsables al contratista y a la conciliación de volúmenes por trabajos efectivamente ejecutados, que en su cotejo y revisión deben ser pagados pese a ser trabajos no terminados según conformidad de revisión técnica