Auto Supremo AS/0294/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0294/2020-RRC

Fecha: 20-Mar-2020

“El Juez de Sentencia debió realizar una correcta aplicación del art

Asimismo, explicó que la aplicación pretendida constituía que,

“El Juez de Sentencia debió realizar una correcta aplicación del art. 308 bis del CP, en cuanto a la labor de subsunción del hecho al derecho, esto es, con relación al tipo penal acusado, observando y fundamentando la inexistencia de los elementos objetivos y subjetivos del delito; es decir, que debió haber realizado todo el juicio de subsunción bajo la teoría del delito, dentro de ella el juicio de tipicidad para poder determinar si existió o no delito y dado que admite que los elementos probatorios son creíbles debió disponer la condena del acusado, respetando el principio de legalidad del que deriva el juicio de tipicidad. Asimismo, se vulneró el debido proceso puesto que el Juez está obligado a fundamentar adecuadamente la Sentencia atendiendo las formalidades de la fundamentación fáctica y probatoria, al no haberlo hecho de esta forma vulnera el debido proceso en su vertiente de falta de fundamentación cuando menos en lo que atañe respecto a la adecuación típica” (sic)