Auto Supremo AS/0296/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0296/2020-RRC

Fecha: 20-Mar-2020

Motivo Tercero


Motivo Tercero. Los Recurrentes acusan defectos de sentencia previstos en el art. 370 num.5) C.P por falta de fundamentación jurídica de la sentencia respecto al ilícito previsto en el art. 251 del CP, con infracción a los art. 124 y 173 del código adjetivo penal, deviniendo en violación al debido proceso y a la seguridad jurídica, a la verdad material, prevista en los arts.115 I, 178 y 180 de la CPE. Al respecto, se argumenta los principios vulnerados en razón de que cualquier autoridad que pretende pronunciar sentencia condenatoria debe tener certeza de lo que los acusados fueron los autores del ilícito, ahí del porqué de la fundamentación del fallo, en el marco del art.124 CPP el cual no se cumplió puesto que no se explicó las razones de cómo y porque se arribó a las conclusiones; tal extremo según los apelantes ocurrió en el caso presente puesto que las conclusiones del tribunal no tuvieron el sustento probatorio puesto que se basaron en subjetivismo y elucubraciones sin soporte fáctico, tampoco existió una correcta fundamentación de la sentencia según los recurrentes se arribaron a conclusiones de culpabilidad, sin criterio fundamentado sin considerar la fundamentación necesaria que dispone la norma, en cuanto a los hechos que se requiere necesariamente se basen en una inferencia lógica