Auto Supremo AS/0242/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0242/2020

Fecha: 27-Jul-2020

Al margen de ello, en el Informe Financiero DFC-ERS Nº 080/2018, elaborado por el Director

Esto se puede observar, revisando la documentación de fs. 121, consistente en el Informe Técnico Nº 015/2018 de 30 de julio, que en el cuadro elaborado respecto a las planillas Nº 1 a 10, canceladas a la Asociación Accidental Entre Ríos, arrojan un monto total de Bs4’796.556,96, entre los aportes de la Gobernación y el Municipio; ahora bien, la cifra señalada sumada con el monto pretendido por la empresa demandante, de bs.865,167,65, hacen un total de Bs5’661.724,61, que es exactamente la misma suma que se consigna en el Acta de Cierre Definitivo de fs. 64 como monto real ejecutado.
Al margen de ello, en el Informe Financiero DFC-ERS Nº 080/2018, elaborado por el Director Financiero de la entidad municipal demandada, se establece como saldo total a pagar, la suma de Bs865,167,64, que es la misma pretendida por la Asociación Accidental Entre Ríos