Auto Supremo AS/0321/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0321/2020

Fecha: 27-Jul-2020

Asimismo, indica que las facturas o notas fiscales emitidas fuera de la fecha límite de

Por otra parte, se efectuó un procedimiento de determinación injusta e ilegal en la depuración de las 17 facturas utilizadas para crédito fiscal, puesto que esas facturas en ningún momento fueron dosificadas por su persona; más bien, el sujeto pasivo quien emitió las mismas; por lo que, el SIN ORURO, debiera haberle iniciado este proceso al sujeto pasivo, emisor de estas facturas; más no así, a su Empresa, que tan sólo fue beneficiado por buena fe, por la compra de sus productos; por lo que este procedimiento de determinación, le fue iniciado a la persona equivocada o incluso ya se le hubiese iniciado al sujeto pasivo emisor, persiguiendo el fisco la obtención de un doble tributo indebido.
Asimismo, indica que las facturas o notas fiscales emitidas fuera de la fecha límite de emisión, no perderán la validez en relación al cómputo del crédito fiscal, sin perjuicio de aplicar la sanción establecida por el art. 64 de la indicada norma