Auto Supremo AS/0336/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0336/2020

Fecha: 27-Jul-2020

En ese contexto, el hecho de haberse suscrito sucesivos contratos a plazo fijo, pese a

En ese contexto, el hecho de haberse suscrito sucesivos contratos a plazo fijo, pese a la determinación legal que establece que a partir de la segunda contratación, se convirtieron en contratos a plazo indefinido, no implica que a título de Ley entre partes, el GAMC, pretenda desconocer un derecho constitucionalmente reconocido a favor del ahora demandante, por lo que buscan de manera indebida la aplicación del art. 4-I inc. d) del DS Nº 28699, respecto de la primacía de la realidad, cuando ésta, conforme se tiene demostrado, se acreditó la calidad de trabajador indefinido respecto del demandante, en aplicación de la norma citada y especialmente del art. 180-I de la CPE