Auto Supremo AS/0362/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0362/2020-RRC

Fecha: 28-Jul-2020

En ese sentido el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional en su art


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En ese sentido el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional en su art. 68.1 y 68.2, ratificado por Bolivia por ley 2398 del 24 Mayo 2002 señala que, las Salas de las Cortes adoptarán las medidas adecuadas para proteger la seguridad, el bienestar físico y psicológico, la dignidad y la vida privada de las víctimas y los testigos, en particular cuando entrañe violencia sexual o por razones de género, o violencia contra niño; y a fin de proteger a las víctimas y los testigos o a un acusado, decretar que una parte del juicio se celebre a puerta cerrada o permitir la presentación de pruebas por medios electrónicos u otros medios especiales. En particular, se aplicarán estas medidas en el caso de una víctima de violencia sexual o de un menor de edad que sea víctima o testigo, salvo decisión en contrario adoptada por la Corte atendiendo a todas las circunstancias, especialmente la opinión de la víctima o el testigo