Auto Supremo AS/0362/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0362/2020-RRC

Fecha: 28-Jul-2020

II.3. Auto de Vista 27/19 de 7 de noviembre de 2019


Acusa vulneración del derecho al debido proceso por falta de fundamentación, respecto a la concurrencia específica, de cuál, los elementos constitutivos del tipo penal de Abuso Sexual previsto en el art. 312 del CP, se subsume la conducta del imputado, teniendo en cuenta la vulneración del debido proceso, proceso justo, además del derecho a una resolución debidamente fundamentada y congruente, cuya inobservancia deviene en afectación del derecho a la defensa, conforme a los arts. 115.II, 117.I y 119.II de la Constitución Política del Estado (CPE), como se sabrá el imputado fue sancionado por el art. 312 del CP, empero, del tipo penal y en relación al delito de Violación se encuentran varias formas de comisión del delito intimidación, violencia física o psicológica, siendo que a efectos de subsumir la conducta del acusado al tipo penal debe presentarse una de las conductas, siendo deber del Tribunal de instancia el establecer cuál de estas conductas fue la desplegada, siendo que en la Sentencia en la parte de la fundamentación jurídica, al momento de pretender subsumir dicha conducta al tipo penal, se omitió referir de manera concreta cuál o cuáles conductas y elementos fueron las cometidas en específico y con la debida motivación; es decir, que no se identificó si al momento del hecho se usó la intimidación, violencia física o psicológica “y acorde a que norma del CPP”, sin bastar referir que el imputado cometió el ilícito bajo las mismas circunstancias de los arts. 308 y 308 bis del CP, de poder tipificarla como la conducta delictiva endilgada, más aún si no se tiene motivado, cómo hubiera actuado dolosamente, constituyendo afectación al debido proceso y a una resolución debidamente fundada.
II.3. Auto de Vista 27/19 de 7 de noviembre de 2019