Auto Supremo AS/0408/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0408/2020-RRC

Fecha: 28-Jul-2020

Realizada esa aclaración, el recurrente Hidalgo Dionicio Sarzuri Castillo, sustenta la contradicción entre el Auto


En ese sentido, la doctrina legal contenida no solo es la determinación de contradicción sino también por el análisis que precede a esa determinación que parte de la identificación de los hechos o agravios y la fundamentación jurídica que da lugar a concluir en la existencia de la contradicción, por lo tanto, esta Sala dejó sentado en diferentes fallos que la determinación de la doctrina legal aplicable realizada por la entonces Corte Suprema de Justicia debe incorporar no solo la determinación de la contradicción sino todo el razonamiento o fundamento jurídico para determinar la contradicción, solo de ese modo se coadyuva a la labor que encomienda la norma a la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia para uniformar la jurisprudencia a los efectos de dar vigencia al derecho a la igualdad y al principio de seguridad jurídica para todos los ciudadanos.

Realizada esa aclaración, el recurrente Hidalgo Dionicio Sarzuri Castillo, sustenta la contradicción entre el Auto de Vista impugnando y el Auto Supremo 131/2007 de 31 de enero, en el hecho de que el precedente señalaría que la función del tribunal de apelación se limita a ejercer el control de la valoración de la prueba, no pudiendo volver a valorar nuevamente los hechos, pues esa labor excedería los márgenes del recurso y la competencia del Tribunal de apelación. En ese ámbito debe comprobar si el razonamiento jurídico del juez se adecuó a las reglas de la sana crítica o dicho de otro modo, examinar cómo gravitaron y que influencia ejercieron los medios de prueba a la hora de arribar a la decisión consignada en sentencia y si ese resultado carece o no de razonabilidad en la aplicación de las reglas de la sana crítica, considerando, que en el caso no ocurrió, pues pese a que la sentencia observó las reglas de la sana critica al valorar la prueba desfilada en el juicio, fundamentando debidamente sus conclusiones, el Auto de Vista impugnado realizó un análisis parcializado de la sentencia y observando la valoración de la prueba dispuso el reenvío