Auto Supremo AS/0342/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0342/2020

Fecha: 04-Sep-2020

En lo referente a que la Sentencia de 29 de julio de 2019 no resolvió

En lo referente a que la Sentencia de 29 de julio de 2019 no resolvió la excepción previa de emplazamiento de tercero, señaló que esa afirmación no es evidente pues dicho medio de defensa se resolvió a través del Auto de 11 de abril de 2018 cursante a fs. 368 por cuanto su agravio fue desestimado. Por último indicó que la nulidad declarada surte efectos con carácter retroactivo y en este sentido no existe ninguna irregularidad al disponerse la cancelación de gravámenes registrados sobre el bien inmueble inscrito bajo Matrícula Computarizada N° 7011040000133 máxime si la finalidad de la sentencia declarativa de nulidad tiene como objeto la restitución de derechos hereditarios a favor de los herederos forzosos Mirian Gloria Pozzi Paredes y Roque Ronald Pozzi Paredes, que fueron irregularmente excluidos del contrato objeto de la litis. Fundamentos por los cuales el Tribunal de alzada de conformidad a lo previsto en el art. 218.II num. 2) del Código Procesal Civil CONFIRMÓ totalmente la sentencia