Auto Supremo AS/0488/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0488/2020-RRC

Fecha: 17-Sep-2020

Que, “el propio tribunal [de sentencia] llegó a tener conocimiento de la falsificación de [su]


I.1.1. Motivo del recurso de casación.

Por Auto Supremo 210/2020-RA de 18 de febrero, la Sala de forma extraordinaria abrió su competencia flexibilizando requisitos procesales, con el antecedente de haberse denunciado supuestas omisiones incurridas por el Tribunal de apelación que resultaren gravosas lesionando el derecho al debido proceso, bajo el siguiente detalle.
Que, “el propio tribunal [de sentencia] llegó a tener conocimiento de la falsificación de [su] firma conforme fue demostrada por dos pericias grafo técnicas y documentológico y que dicho inmueble ya se encuentra registrado al nombre del acusado” (sic), de manera que el Tribunal de sentencia, no tuvo en cuenta que la autoría de Lucas Armando Escalera en el delito de Uso de Instrumento Falsificado fue demostrada, incurriendo en el defecto descrito por el art. 370 num. 1) del CPP en relación a no haberse aplicado los arts. 20 y 203 del CP, explicando que fue aquél quién, recibiendo un poder notarial falsificado, lo utilizó para transferir a sí mismo un inmueble cuya copropiedad reclama el recurrente. Agrega que tales hechos fueron demostrados, más cuando el Tribunal de sentencia se basó en la declaración del Notario de Fe Pública, “siendo que está demostrado en proceso que [su persona] no [se] encontraba en la notaria de Fe pública porque el día que se protocoliza dicho poder [se] encontraba en Santa Cruz” (sic)