Auto Supremo AS/0488/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0488/2020-RRC

Fecha: 17-Sep-2020

Sobre el particular, analizado lo vertido por el Tribunal de alzada, se evidencia que el


Sobre el particular, analizado lo vertido por el Tribunal de alzada, se evidencia que el Tribunal de alzada no otorga una respuesta motivada en relación a la ausencia de autoría de Lucas Armando Escalera, pues se limita a referir “que no se pudo demostrar su responsabilidad penal ya que la prueba PD-17 no fue suficiente y era eclipsado por la declaración del Notario” “la absolución del Imputado Lucas Armando Escalera Rejas, aconteció en aplicación del art. 363 del CPP” “que se cumplió la motivación y la valoración probatoria conforme los arts. 124, 171 y 172 del CPP”, sin brindar la explicación necesaria para el soporte de su decisión, no respalda las conclusiones asumidas para el entendimiento cabal de las partes procesales, omitiendo ejercer el control de legalidad en relación al reclamo principal relativo a la inobservancia de la ley sustantiva (art. 370 núm. 1 del CPP), sobre la autoría de Lucas Armando Escalera; es decir, que en alzada se debió hacer énfasis en el análisis de la subsunción, de su conducta respecto a los elementos del tipo penal acusado, en vez de ello se arriba directamente que la absolución de dicho imputado fue en aplicación del art. 363 del CPP, argumentos que no contienen la debida motivación, en vulneración de los arts. 124 y 398 del CPP, al advertirse una respuesta arbitraria que vulnera derechos y garantías fundamentales como el debido proceso en su elemento debida fundamentación