Auto Supremo AS/0268/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0268/2021

Fecha: 30-Mar-2021

Cecilia Vargas

Señaló que la enmienda y complementación efectuada por la Juez está enmarcada en la norma, dado que la Juez aplicó los arts. 180. I de la CPE y 3 num. 3) y 11) de la Ley del Órgano Judicial (LOJ), en especial, porque la prueba documental de fs. 43 a 44, declaró la ganancialidad de la suma de $us. 65.000; añadió, que el recurso planteado no tiene base jurídica que sustente su petición, porque la Juez de Sacaba actuó y resolvió en base a la noma y con la prueba presentada, y no así por un capricho; pues lo que se habría solicitado, es la enmienda y complementación y la autoridad de instancia advertida de su error concedió la ganancialidad de los $us. 65.000, por tanto el recurso en definitiva no tiene ningún fundamento legal.