1.Sentencia que carece de los requisitos para su formación.
La sentencia carecería de los requisitos para su formación, lo que infringe el art. 213.I y II del CPC, pues no se tomó en cuenta la contradictoria presentación de pruebas y de hechos expuestos por la parte demandante y tampoco, se habría realizado un análisis valorativo conforme a la realidad de los hechos expuestos por el GAMLP, omitiendo valorar las pruebas presentadas, determinando que el GAMLP debe probar que el predio en cuestión se encuentra invadiendo vía pública es la superficie de 107,28 m2, aspecto que habría sido demostrado y sobre el cual no se habría pronunciado.
Asimismo, en la relación de los hechos señalaría de manera muy generalizada la participación del GAMLP, omitiendo considerar que son un ente de defensa y protección de bienes municipales de dominio público, limitándose el fallo del A quo a declarar probada la demanda de usucapión sin pronunciarse sobre la reconvención. En el considerando III, de igual forma, solo haría mención de las pruebas aportadas por la parte actora sin tomar en cuenta la totalidad de pruebas presentadas por el GAMLP, dejándolos en indefensión.
Refirió que la decisión y fundamentación de la sentencia no es clara, al contrario, seria oscura y contradictoria, hecho que se evidenciaría en el Considerando IV, donde en forma limitativa se haría referencia a los artículos de la CPE y el CC respecto de la usucapión, sin manifestar y fundamentar nada en cuanto a la prueba aportada, existiendo incongruencia entre los documentos y los hechos argumentados por la parte actora, encontrándose alejada de la norma adjetiva.
- VISTOS:
- 1.
- 2.
- 3.
- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- a.Aplicación indebida de la ley.
- b.Interpretación errónea de la jurisprudencia y principios procesales.
- a.Errónea aplicación de la ley y la jurisprudencia.
- b.Errónea aplicación de la ley.
- DE LA RESPUESTA AL RECURSO DE CASACIÓN
- 1.Sentencia que carece de los requisitos para su formación.
- 2.Incongruencia de la Sentencia.
- 3.Sobre la interpretación de usucapión por el
- 4.Incongruencia y contradicción en la valoración de las pruebas.
- 5.Hechos probados por la parte demandante sin prueba alguna.
- 6.De la inalienabilidad, imprescriptibilidad, indivisibilidad e inembargabilidad de los bienes de dominio público que pertenecen al Estado y a los municipios.
- la función jurisdiccional del órgano de revisión en doble instancia se ve contenido a lo formulado en la apelación por el impugnante
- El
- todo Auto de Vista deberá circunscribirse a los puntos resueltos por el inferior y que hubieren sido objeto de la apelación,
- Fragmento 20
- Del recurso de casación en la forma.
- se ve contenido a lo formulado en la apelación
- deberá circunscribirse a los puntos resueltos por el inferior y que hubieran sido objeto de apelación y fundamentación
- POR TANTO:
