2.Incongruencia de la Sentencia.
La Sentencia Nº 097/2020 de fecha 20 de marzo, contendría aspectos contradictorios e incongruentes, pues: (i) por la prueba de la parte demandante y los informes de DDRR, existe contradicción entre la superficie pretendida y la superficie consolidada a través de las fusiones y cancelaciones de partidas, resultando que la superficie de 314 m2 que se pretende, no es clara. Del informe de DDRR, las transferencias realizadas a los cedentes de la parte demandada, establecen fecha de consolidación del derecho propietario el 08 de diciembre de 1989, no obstante, la demanda señalaría que el predio habría sido adquirido el 25 de septiembre del año 1986, siendo evidente que los hechos no son conducentes y existe contradicciones.
En la relación de hechos de la sentencia, el juez no identificaría la ubicación precisa y exacta del predio objeto de la litis, así como tampoco los derechos propietarios con los que la parte demandante pretende adquirir su derecho propietario, siendo que el GAMLP quien demostró la afectación de un bien municipal de dominio público, al encontrarse una invasión de 107,28 m2. En tal sentido, el A quo se habría pronunciado con aspectos incongruentes y contradictorios de la sentencia.
- VISTOS:
- 1.
- 2.
- 3.
- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- a.Aplicación indebida de la ley.
- b.Interpretación errónea de la jurisprudencia y principios procesales.
- a.Errónea aplicación de la ley y la jurisprudencia.
- b.Errónea aplicación de la ley.
- DE LA RESPUESTA AL RECURSO DE CASACIÓN
- 1.Sentencia que carece de los requisitos para su formación.
- 2.Incongruencia de la Sentencia.
- 3.Sobre la interpretación de usucapión por el
- 4.Incongruencia y contradicción en la valoración de las pruebas.
- 5.Hechos probados por la parte demandante sin prueba alguna.
- 6.De la inalienabilidad, imprescriptibilidad, indivisibilidad e inembargabilidad de los bienes de dominio público que pertenecen al Estado y a los municipios.
- la función jurisdiccional del órgano de revisión en doble instancia se ve contenido a lo formulado en la apelación por el impugnante
- El
- todo Auto de Vista deberá circunscribirse a los puntos resueltos por el inferior y que hubieren sido objeto de la apelación,
- Fragmento 20
- Del recurso de casación en la forma.
- se ve contenido a lo formulado en la apelación
- deberá circunscribirse a los puntos resueltos por el inferior y que hubieran sido objeto de apelación y fundamentación
- POR TANTO:
