Auto Supremo AS/0270/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0270/2021

Fecha: 30-Mar-2021

a.Aplicación indebida de la ley.

Invocando el art. 105 del CPC, refirió que la nulidad debe ser el último remedio procesal, además que debe indicarse la indefensión causada, aspecto que el GAMLP no demostró ya que interpuso una acción reivindicatoria y ejerció múltiples medios de defensa que fueron respondidas en sentencia. Añadió, que la prueba además de ser presentada por el GAMLP de forma errónea por ser extemporánea, no acredita el derecho propietario de la propiedad en litigio; no obstante, el juez habría valorado de forma integral todas las circunstancias de cómo se presentaron las pruebas y documentos y, al no cumplir con el tiempo y la forma de presentación, simplemente no podían ser valoradas, sino que se estaría cometiendo una vulneración al principio de igualdad de partes, en consecuencia, habría sido el GAMLP quien provocó la situación de nulidad.