Auto Supremo AS/0377/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0377/2021

Fecha: 09-Jun-2021

3.

3. Acusó, errónea interpretación de lo dispuesto en el art. 13 del DS N° 21137 e indebida aplicación de lo regulado por el DS N° 23474.- Señaló que conforme a documental de fs. 15 de obrados, el Tribunal Ad quem, no efectuó una revisión acuciosa y prolija de las actuaciones procesales y de todo el elenco probatorio, con respecto al cargo que ocupaba el ex trabajador como chofer de volqueta, que su trabajo se limitaba a prestar un servicio que solamente era de transporte de material (tierra, escombros, etc.) mas no así la transformación en otro producto, menos aún, la manufactura, señalo que si bien una empresa puede tener una actividad principal u otras accesorias, ello no implica que todos los trabajadores de la empresa deban percibir el bono de antigüedad sobre uno o tres salarios mínimo nacionales, señalando que el salario dominical en una empresa únicamente se cancela a los obreros, mas no así, a los empleados o personal administrativo.