Auto Supremo AS/0747/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0747/2021

Fecha: 20-Ago-2021

1.-

Con relación a lo anterior, los hechos que informan la causa, dan cuenta de los siguientes actos jurídicos celebrados entre las partes que integran la litis: 1.- La demandada Clelia Vannucci Vda. de Delgado mediante Escritura Pública Nº 74 de 04 de noviembre de 1976 (fs. 498 a 502), trasfirió en favor de la Federación Sindical de Trabajadores Petroleros de Bolivia, que pasa a depender de la Unidad de Titulación del Fondo Nacional de Vivienda Social, el inmueble de 310.000 m2, que en la actualidad conforma el barrio 21 de Diciembre en la localidad de Camiri, provincia Cordillera del departamento de Santa Cruz, venta registrada bajo la Matrícula 7076010000387. 2. La Unidad de Titulación, mediante documento de 03 de octubre de 1979 (fs. 506, 508 a 513), transfiere la extensión superficial de 875 m2 que forma parte de la extensión total, a favor de Luisa Villagómez Vda. de Durán, declarada heredera supérstite a la muerte de su esposo, Maximiliano Durán Pérez. 3. Luisa Villagómez Vda. de Durán, a través de la Escritura Pública Nº 201 de 09 de abril de 2012 (fs. 525 a 526), transfiere este inmueble de 875 m2 a favor de Slavika Zorka Ruíz Brozovich de Durán, actual demandante. 4. Clelia Vannucci Vda. de Delgado, mediante documento privado de compraventa de 08 de agosto de 2008, cuando ya se despojó de su derecho propietario al haber enajenado el mismo a favor de CONVIPET, transfiere el inmueble indicado en el punto anterior a favor de Daniel Molina Ávila. 5. Daniel Molina Ávila transfiere el inmueble a favor de Ramiro Ríos Vides y su esposa Marisol Camacho Tejerina. 6. Los esposos Ríos Camacho, a su vez transfieren el inmueble a favor de Daniela y Marcelo ambos Molina Gálvez, hijos menores de Daniel Molina Ávila (fs. 641 a 642). La demandante precisamente demanda la nulidad de estas tres últimas ventas.

Realizada la puntualización precedente, corresponde resolver los recursos de casación que motivan la presente resolución.