Auto Supremo AS/0588/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0588/2021

Fecha: 20-Sep-2021

4. Transgresión de los parágrafos I y II del art. 115 de la CPE, por omisión de pronunciamiento del agravio inherente al pago de bono de antigüedad y al correcto cálculo de la indemnización por tiempo de servicios.

El Tribunal de Alzada emitió un Auto de Vista que carece de validez legal, transgrediendo el debido proceso, el derecho a la defensa y el derecho a ser protegidos oportuna y efectivamente por la autoridad jurisdiccional, omitiendo pronunciarse sobre los agravios 1.4 y 1.5 expuestos en el recurso de apelación de fs. 128 a 130 vta. de obrados, inherente al pago de bono de antigüedad y al correcto cálculo de la indemnización por antigüedad, ya que se puede evidenciar que en la parte narrativa y resumida del recurso de apelación del primer considerando del Auto de Vista no figuran los agravios antes citados y menos aún en la parte resolutiva del segundo considerando, transgrediendo el parág. I del art. 265 del CPC, conexo con el parág. II del art. 17 de la Ley 025, cuya omisión da lugar a la nulidad de obrados.