Auto Supremo AS/0588/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0588/2021

Fecha: 20-Sep-2021

II.1.1. Análisis Concreto del Caso

Antes de ingresar a la consideración de los elementos del recurso, es importante precisar que el recurso de casación es uno solo, que puede ser deducido en dos efectos distintos, como son la forma y el fondo, según determina el parágrafo I del artículo 271 en relación con el numeral 3 del parágrafo I del artículo 274 del Código Procesal Civil (CPC).

El recurso de casación en la forma o de nulidad propiamente dicho, se encuentra orientado a impugnar los errores de procedimiento (in procedendo) en que hubiera incurrido el Tribunal de Alzada al pronunciar el Auto de Vista que se impugna; por su parte, el recurso de casación en el fondo o de casación propiamente dicho, se encuentra previsto para impugnar errores de juzgamiento (in judicando), en los que pudiera haber incurrido el juzgador al emitir el Auto de Vista que se impugna, razón por la que no corresponde plantear petitorios distintos para cada efecto.

Otro elemento a considerar, es que los argumentos esgrimidos en el recurso, son los mismos en la forma y en el fondo.

Efectuada la aclaración precedente, se ingresará a resolver el recurso de casación, inicialmente en la forma, a efecto de determinar si sobre la base de los argumentos planteados, corresponde la nulidad de obrados, situación en la que no será necesario ingresar a resolver los argumentos de fondo. Al contrario, si los argumentos del recurso en la forma no son evidentes, se ingresará a la consideración de aquellos de fondo, en los términos que el recurso permita.