Sentencia T-227/25
Corte Constitucional de Colombia

Sentencia T-227/25

Fecha: 05-Jun-2025

1. Hechos que motivaron la tutela

1.       El accionante, Ricardo, se describe como una persona de 63 años que ha dedicado toda su vida laboral a “la educación de los niños y su formación integral” bajo “principios de la moral y el respeto”. Durante los últimos años se ha desempeñado como profesor del curso de educación física dentro de la Institución educativa “Nova” del municipio del Prado, en el departamento de Antioquia.

2.       De acuerdo con su relato, el 17 de agosto de 2022, varias de sus estudiantes fueron “instrumentalizadas” por la profesora Juliana para presentar ante la Fiscalía General de la Nación una denuncia en su contra por hechos de “abuso y acoso sexual”. La denuncia lo acusaba de exigir a sus estudiantes realizar ejercicios “incómodos” en los que las niñas y adolescentes debían exponer innecesariamente sus cuerpos; por ejemplo, a través de sentadillas con las “piernas abiertas” y la instrucción de “bajar mucho” mientras que sus compañeros hombres las grababan. También se le acusó de hacer “comentarios sobre nuestros cuerpos que resultan incómodos y molestos”.

3.       Por su parte, el profesor Ricardo niega cualquier conducta inapropiada. Considera que la denuncia fue impulsada por la profesora Juliana, con el respaldo de la entonces rectora de la institución, Mónica, quien supuestamente promovió una campaña de difamación en su contra, utilizando diferentes medios para acusarlo públicamente de ser un “psicópata abusador de niños”. Tal campaña incluyó reuniones de profesores y estudiantes, así como el uso de pancartas. En un canal local de televisión –“Canal Prado”– se afirmó que “un psicópata depredador trabajaba en la institución educativa Nova”. Estas acciones –asegura el accionante– generaron un fuerte rechazo social y familiar en su contra al ser calificado “como una basura y como un mal que había que erradicar”, por lo que fue víctima de insultos, amenazas y presiones.

4.            El 22 de agosto de 2022, la Fiscalía 27 Delegada de la Unidad de Género de Antioquia archivó la investigación al determinar la atipicidad de los hechos denunciados por las estudiantes. Desde entonces, de acuerdo con el accionante, este ha solicitado infructuosamente, por medio de múltiples peticiones[1], que los involucrados se retracten de lo dicho en su contra. Además, el profesor Ricardo inició un proceso penal contra la profesora Juliana por las “manifestaciones deshonrosas” que realizó.

5.            Con este trasfondo, el 1º de abril de 2024, el señor Ricardo radicó una acción de tutela contra Juliana, la Institución educativa “Nova” del Prado, su rector y representante legal, Gabriel, y su antigua rectora, Mónica, por considerar vulnerados sus derechos fundamentales a la honra, a la dignidad humana, a la vida, a la tranquilidad social y familiar, y a “la paz laboral”.

6.            El accionante sostuvo que si bien era cierto que los docentes y autoridades del colegio tienen un deber de responsabilidad frente a sus estudiantes, primero “debieron haber buscado la asesoría de un abogado o una persona experta para que adelantara la denuncia o investigación en mi contra, y realizar un juicioso estudio de tipicidad, antijuridicidad y culpabilidad”, en lugar de “haber hecho un escándalo ante toda la comunidad estudiantil” sobre la investigación que cursaba en su contra.

7.            En concreto, el profesor Ricardo solicitó al juez de tutela ordenar: (i) a la institución educativa “Nova” reunir a toda la comunidad estudiantil para que en un acto público el rector comunicara la decisión de archivo adoptada por la Fiscalía General; (ii) a la profesora Juliana, reconocer ante dicha comunidad que utilizó indebidamente a las alumnas para presentar la denuncia; y (iii) a todos los accionados, emitir un comunicado en el que se informara sobre el archivo de la investigación y la decisión que se adoptara en el trámite de tutela.