ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 114/2021. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 22 DE SEPTIEMBRE DE 2022. PONENTE: JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO. SECRETARIA: MERCEDES VERÓNICA SÁNCHEZ MIGUEZ.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 114/2021. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 22 DE SEPTIEMBRE DE 2022. PONENTE: JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO. SECRETARIA: MERCEDES VERÓNICA SÁNCHEZ MIGUEZ.

Fecha: 14-Abr-2023

Artículo Para Los Efectos De Esta Ley Se Entenderá Por

"I. Bombero: Las y los integrantes de un cuerpo de bomberos, en cualquiera de sus figuras y/o jerarquías, cuyas funciones estarán encaminadas entre otras, a la salvaguarda de la vida y la seguridad de las personas y comunidades, así como a la prevención, control, mitigación y extinción de incendios, desastres y riesgos, de conformidad con la legislación en la materia.

"II. Bombero profesional: Persona física mexicana, mayor de edad, que acredite el proceso de convocatoria y formación inicial e ingreso que confirme las competencias, habilidades y destrezas necesarias para desempeñar las tareas descritas en la fracción que antecede, y que forma parte de la agrupación con el carácter de persona servidora pública por el que recibe una remuneración por sus servicios."

10. "Artículo 105. La Suprema Corte de Justicia de la Nación conocerá, en los términos que señale la ley reglamentaria, de los asuntos siguientes:

"...

"II. De las acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto plantear la posible contradicción entre una norma de carácter general y esta Constitución.

"Las acciones de inconstitucionalidad podrán ejercitarse, dentro de los treinta días naturales siguientes a la fecha de publicación de la norma, por:

"...

"g) La Comisión Nacional de los Derechos Humanos, en contra de leyes de carácter federal o de las entidades federativas, así como de tratados internacionales celebrados por el Ejecutivo Federal y aprobados por el Senado de la República, que vulneren los derechos humanos consagrados en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que México sea Parte.

"Asimismo, los organismos de protección de los derechos humanos equivalentes en las entidades federativas, en contra de leyes expedidas por las Legislaturas."