AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 2896/96. VACIADOS METÁLICOS, S.A. DE C.V.
Fecha: 19-Nov-1996
Notifíquese Cúmplase Y En Su Oportunidad Archívese El Toca
Así lo resolvió el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por unanimidad de nueve votos de los Ministros Mariano Azuela Güitrón, Juventino V. Castro y Castro, Juan Díaz Romero, Genaro David Góngora Pimentel, José de Jesús Gudiño Pelayo, Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, Humberto Román Palacios, Olga María Sánchez Cordero y Juan N. Silva Meza, se resolvió confirmar la sentencia recurrida y negar el amparo a la quejosa. El Ministro presidente en funciones Juventino V. Castro y Castro hizo la declaratoria correspondiente. Ausentes: Ministro presidente José Vicente Aguinaco Alemán, por estar atendiendo otros asuntos inherentesa su cargo y el Ministro Sergio Salvador Aguirre Anguiano, por estar disfrutando de vacaciones. El Ministro Genaro David Góngora Pimentel hizo suyo el presente asunto.
Nota: La siguiente ejecutoria apareció publicada en el tomo V, Febrero de 1997, pág. 134, del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, habiéndose ordenado su publicación en el acta de fecha 19 de noviembre de 1996.
- Tercero Los Agravios Que Se Expresan Son En Una Parte Inoperantes Y En Otra Infundados
- Del Precepto Supracitado Se Desprenden Las Siguientes Garantías De Seguridad Jurídica
- Ii Declarar La Nulidad De La Resolución Impugnada Y
- Del Artículo Antes Invocado Se Pueden Derivar Las Siguientes Conclusiones Generales
- Artículo Son Obligaciones De Los Mexicanos
- Primero Se Confirma La Sentencia Recurrida En El Amparo Directo En Revisión
- Notifíquese Cúmplase Y En Su Oportunidad Archívese El Toca
- Amparo Directo En Revision Juguetibici Sa De Cv
- Vistos Y Resultando
- I El Actor Probó Su Acción En Consecuencia
- Dicha Sentencia Nos Fue Notificada Con Fecha De Mayo De
- Tercero La Parte Quejosa Formuló Los Siguientes Conceptos De Violación
- Lo Anterior Es Falso Y Carente De Consistencia Jurídica Como Se Pasa A Rebatir
- El Artículo Constitucional En Sus Párrafos Octavo Y Noveno Señala
- Ordenes De Visita Domiciliaria Requisitos Que Deben Contener Las Se Transcribe
- Además Transcribiremos El Siguiente Precedente Judicial Federal
- Orden De Visita Deben Precisar Claramente Su Objeto Se Transcribe
- La Citada Fracción Iii Del Artículo Del Código Fiscal Federal Expresa
- Iii Vicios Del Procedimiento Que Afecten Las Defensas Del Particular
- Artículo La Sentencia Definitiva Podrá
- El Artículo De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos Textualmente Establece
- Es Decir El Espíritu Del Dispositivo Constitucional Que Se Analiza Es El De Evitar Que
- Absolucion De La Instancia Procedimientos Administrativos Se Transcribe
- Conforme Al Criterio De La Naturaleza De La Formalidad
- En Apoyo A Nuestro Dicho Pasaremos A Transcribir El Siguiente Precedente Judicial Federal
- Las Consideraciones En Que Se Fundamenta La Sentencia En La Parte Que Interesa Son Las Siguientes
- La Sentencia Definitiva Podrá
- Considerando
- Segundo La Parte Quejosa Manifestó Los Siguientes Agravios
- Tercero Son Infundados Los Agravios Que Formula La Parte Recurrente
- Previo El Estudio De Los Agravios Conviene Precisar Los Siguientes Hechos
- Ii Declarar La Nulidad De La Resolución Impugnada
- Primero Se Confirma La Sentencia Recurrida