AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1284/2003. JUGOS CONCENTRADOS, S.A. DE C.V.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1284/2003. JUGOS CONCENTRADOS, S.A. DE C.V.

Fecha: 06-Jul-1998

D Caviar Salmón Ahumado Y Angulas

"Finalmente, por decreto publicado el quince de diciembre de mil novecientos noventa y cinco, se derogó el artículo 2o. B y se reformó el artículo 2o. A, fracción I, inciso b), numeral 1, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, para quedar como actualmente se encuentra, precisándose en la exposición de motivos, lo siguiente:

"‘Se propone restablecer de manera permanente en la Ley del Impuesto al Valor Agregado, la tasa del 0% para alimentos procesados y medicinas en todas las etapas del proceso de producción hasta su comercialización al consumidor final.’

"En el debate a la iniciativa del Ejecutivo Federal, el diputado Luis Manuel Jiménez Lemus, expuso en relación con esa reforma lo siguiente:

"‘Dentro de las medidas para la protección al consumo, se dará trato permanente en la ley a la tasa del 0% del impuesto al valor agregado a alimentos procesados y a medicinas de patente, como se había planteado reiteradamente en esta Cámara de Diputados.

"‘Y a fin de dar apoyo a la economía familiar durante 1996, se otorga la tasa del 0% del impuesto al valor agregado en el suministro de agua potable para el consumo doméstico.’