Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1284/2003. JUGOS CONCENTRADOS, S.A. DE C.V.
Fecha: 06-Jul-1998
Leche Y Huevo Cualquiera Que Sea Su Presentación
"‘Artículo 2o. B. El impuesto se calculará aplicando a los valores que señala esta ley, la tasa del 0%, siempre que se trate de la enajenación de bienes que se realicen al público en general en los locales fijos de ventas al menudeo, que dichos locales no tengan servicio de entrega a domicilio de los bienes enajenados, distintos de las medicinas de patente y sean cualquiera de los siguientes bienes:
- Tercero El Artículo Fracción Ix De La Constitución General De La República Establece
- En El Escrito De Expresión De Agravios La Parte Quejosa Aduce En Síntesis Lo Siguiente
- Cuarto El Estudio De Los Agravios Precedentemente Sintetizados Permiten Considerarlos Fundados
- B A Iguales Supuestos De Hecho Deben Corresponder Idénticas Consecuencias Jurídicas
- Es Aplicable Al Respecto La Siguiente Tesis De Jurisprudencia Que Establece
- Dicho Numeral En La Parte Que Interesa Expresamente Establece
- B Medicinas De Patente Y Productos Destinados A La Alimentación A Excepción De
- Valor Agregado
- Bebidas Distintas De La Leche
- Café Sal Común Azúcar Moscabado Y Piloncillo
- A Bebidas Distintas De La Leche
- Ii Medicinas De Patente
- Ley Del Impuesto Al Valor Agregado
- Leche Y Huevo Cualquiera Que Sea Su Presentación
- A Bebidas Distintas De La Leche Inclusive Cuando Las Mismas Tengan La Naturaleza De Alimentos
- D Caviar Salmón Ahumado Y Angulas
- Por Su Parte El Diputado Saúl Alonso Escobar Toledo Sostuvo
- Al Respecto Las Autoridades Responsables Se Limitaron A Señalar Lo Siguiente
- Primerose Revoca La Sentencia Recurrida