Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 2857/2012. 7 DE NOVIEMBRE DE 2012. CINCO VOTOS; VOTARON CON SALVEDAD: JOSÉ FERNANDO FRANCO GONZÁLEZ SALAS Y SERGIO A. VALLS HERNÁNDEZ. PONENTE: JOSÉ FERNANDO FRANCO GONZÁLEZ SALAS. SECRETARIO: EVERARDO MAYA ARIAS.
Fecha: 07-Nov-2012
Primerose Confirma La Sentencia Recurrida
SEGUNDO.-La Justicia de la Unión no ampara ni protege a **********, en términos de lo expuesto en el considerando séptimo de esta sentencia.
TERCERO.-Queda sin materia la revisión adhesiva, en términos del último considerando de esta sentencia.
Notifíquese; con testimonio de esta resolución, vuelvan los autos al tribunal de su origen y, en su oportunidad, archívese el toca como asunto concluido.
Así lo resolvió la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por unanimidad de cinco votos de los señores Ministros: Sergio Salvador Aguirre Anguiano, Margarita Beatriz Luna Ramos, José Fernando Franco González Salas, Luis María Aguilar Morales y presidente Sergio A. Valls Hernández.
- Considerando
- Antecedentes
- Quinto En Los Agravios Quien Recurre Sustenta Su Reproche Básicamente En Las Siguientes Razones
- La Sentencia Recurrida Es Violatoria De Los Artículos O Y De La Carta Magna
- No Es Extemporánea La Demanda De Nulidad Que En Su Momento Promovió
- Artículo Procede El Recurso De Revisión
- A Exista Jurisprudencia Sobre El Tema De Constitucionalidad Planteado
- C En Los Demás Casos Análogos A Juicio De La Sala Correspondiente
- Al Respecto Resulta Aplicable La Jurisprudencia Aj Que A Continuación Se Transcribe
- Cobran Aplicación En El Caso Las Siguientes Tesis
- Es Ineficaz La Anterior Aseveración
- Tiene Aplicación Al Caso La Jurisprudencia Que A Continuación Se Indica
- Sirve De Apoyo A La Anterior Consideración La Jurisprudencia Que Enseguida Se Transcribe
- Es Aplicable El Siguiente Criterio
- El Tenor De Dicho Precepto Es El Siguiente
- Es Aplicable Al Caso La Siguiente Jurisprudencia
- Al Respecto Resulta Ilustrativa La Jurisprudencia Que A Continuación Se Reproduce
- Primerose Confirma La Sentencia Recurrida
- El Ministro Presidente Sergio A Valls Hernández Votó Con Reservas