AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 4543/2014. 4 DE NOVIEMBRE DE 2015. MAYORÍA DE TRES VOTOS DE LOS MINISTROS ARTURO ZALDÍVAR LELO DE LARREA, OLGA SÁNCHEZ CORDERO DE GARCÍA VILLEGAS Y ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA. DISIDENTES: JOSÉ RAMÓN COSSÍO DÍAZ Y JORGE MA
Fecha: 04-Nov-2015
Por Lo Expuesto Y Fundado Esta Sala
Resuelve:
PRIMERO.-En la materia de la revisión, competencia de esta Primera Sala, se revoca la sentencia recurrida.
SEGUNDO.-Devuélvanse los autos al Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, para los efectos precisados en esta ejecutoria.
TERCERO.-Se declara interrumpido el criterio contenido en las jurisprudencias citadas en la parte final de esta ejecutoria, emitidas por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Sexta Época.
CUARTO.-Remítase la presente resolución a la Coordinación de Compilación y Sistematización de Tesis de este Alto Tribunal, para que proceda a la publicación en el Semanario Judicial de la Federación y en su Gaceta, en cumplimiento con lo previsto por el artículo 220 de la Ley de Amparo.(57)
- Iii Competencia
- Iv Oportunidad Del Recurso
- V Legitimación
- Vi Elementos Necesarios Para Resolver
- Vii Estudio De Procedencia Del Recurso
- De Acuerdo Con Su Punto Segundo La Procedencia De Este Recurso Se Surte Sólo Si
- Viii Estudio De Fondo
- A Amparo Directo En Revisión Alcances Del Principio In Dubio Pro Reo
- La Presunción De Inocencia Como Estándar De Prueba
- Presunción De Inocencia Como Regla Probatoria
- B Interrupción De La Jurisprudencia Aplicada Por El Tribunal Colegiado
- Viii Decisión
- Por Lo Expuesto Y Fundado Esta Sala
- Notifíquese
- Véase Hoja Del Cuaderno Del Amparo Directo En Revisión
- Acuerdo Publicado El Ocho De Junio De Dos Mil Quince
- Caso Cantoral Benavides Vs Perú Fondo Sentencia De De Agosto De Serie C No
- Ferrer Beltrán Una Concepción Minimalista Op Cit Página
- Ibídem
- Stc De De Septiembre
- Interrupción De La Jurisprudencia